tcSANTO DOMINGO, RD.- El Tribunal Constitucional (TC) declar贸 que el control interno de la actuaci贸n administrativa y financiera constituye una competencia accesoria de la Junta Central Electoral (JCE), la cual forma parte indisoluble de la autonom铆a e independencia que le otorga el art铆culo 212 de la Constituci贸n.

La alta corte afirm贸 que la Direcci贸n General de Compras y Contrataciones P煤blicas (DGCP), dependencia del Ministerio de Hacienda, carece de competencia para conocer un recurso jer谩rquico en contra de las actuaciones de la JCE.

La sentencia, que contiene votos particulares, admite una acci贸n de conflicto de competencia interpuesta por el presidente de la JCE, Roberto Rosario M谩rquez, contra el Poder Ejecutivo, que act煤a trav茅s de la DGCP.

El conflicto se gener贸 por una solicitud que realizara la DGCP a la JCE, de remitir su escrito de defensa, as铆 como el expediente administrativo de la licitaci贸n p煤blica internacional JCE-CEL-LPI-2001, con la finalidad de conocer un recurso jer谩rquico incoado por la empresa Global ID Solutions (Caleum Dominicana, S.R.L.) contra la adjudicaci贸n del contrato de la licitaci贸n de referencia. Esta 煤ltima concierne a la adquisici贸n de equipos y materiales para la impresi贸n de la nueva c茅dula de identidad y electoral.

El conflicto de competencia se manifiesta en la diferencia conceptual de criterio entre un 贸rgano constitucional aut贸nomo y uno de la Administraci贸n Central, al presumirse ambos competentes para ejercer el control administrativo de los actos del otro.

El fallo fue rendido ayer, y ser谩 dado a conocer publicado pr贸ximamente en el portal del TC. El diferendo se origin贸 el 29 de abril pasado. Los abogados Flavio Dar铆o Espinal, Alejandro Pe帽a N煤帽ez y Alexis Dicl贸, actuando en representaci贸n del presidente de la JCE, solicitaron declarar la nulidad de cualquier acto administrativo dictado por la DGCP que transgreda el 谩mbito competencial de la Junta.