SCJSanto Domingo.- La Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró admisible los recursos de casación contra Víctor Díaz Rúa, interpuesto por la Fundación Primero Justicia y la Fiscalía del Distrito Nacional, y fijó audiencia pública para el 5 de mayo a las 9:00 de la mañana.

La comunicación, firmada y sellada por la secretaria general de la Suprema, Grimilda de Subero, dice: “Les informo que en fecha 31 de marzo de 2015 la SCJ dictó una resolución cuyo dispositivo dice así: “Primero declara admisibles los recursos de casación interpuesto por la Fundación Primero Justicia y Yeni Berenice Reynoso, fiscal titular, contra la resolución número 244-PS-2014, dictada por la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, el 19 de noviembre del 2014”.

Durante el proceso, el ingeniero Víctor Díaz Rúa elevó una instancia contentiva de “petición de nulidad de investigación de todos los actos de investigación realizados”. El exfuncionario es investigado por presunta violación a los artículos 174,175,176,177,178,179,189,183 del Código Penal Dominicano, artículos 1 y 2 de la Ley 1486, artículos 31, Ley 340-06, artículos 146 de la Constitución Dominicana y Convención Interamericana Contra la Corrupción.

El 10 de octubre del 2014, el juez Leomar Cruz dispuso mediante resolución: rechazar la excepción de incompetencia planteada por el Ministerio Público, a la cual se adhirió la parte querellante que actuó a nombre de la Fundación Primero Justicia, y Freddy Aguasvivas, y la parte querellante actuando a nombre del Movimiento Cívico Ciudadanos Contra la Corrupción (C3).

Además, declaró nulos todas y cada una de las actuaciones que hasta esa fecha componen el proceso de investigación seguido a Día Rúa. En fecha 4 de mayo del 2012, la Fundación Primero Justicia procedió a interponer formal querella con constitución en actor civil contra el Díaz Rúa, por corrupción administrativa.

Consta en el expediente que el fecha 17 de octubre del 2014 la Fundación Primero Justicia interpuso su correspondiente recurso de apelación contra la citada decisión, por ser la misma violatoria de la ley en los artículos 7,11, 12, 95, 281, 291 del Código Procesal Penal, entre otros.

Para el conocimiento de ese recurso de apelación resultó apoderada la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, la cual declaró el 19 de noviembre del 2014 buena y valido el recurso en cuanto a la forma interpuesto por la fiscal del Distrito y Primero Justicia.

Durante el proceso el juez se inhibió y en su lugar fue nombrada la juez titular del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Margarita Cristo Cristo, la cual fue recusada, sin embargo, continuó el proceso y procedió a decidir sobre su propia recusación declarándola inadmisible y rechazándola.

En fecha 21 de mayo del 2014, el juez coordinador de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, aceptó dicha inhibición y posteriormente nombró al magistrado Juez de Paz de Tránsito, Leomar Cruz, para el conocimiento de dicho proceso.