• Aclara fiscalizaron a conductor que transportaba un vehículo de motor (motocicleta) usando un rack, lo cual está prohibido por el artículo 189, ley 63-17

 

La Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT) informó que no ha fiscalizado vehículos de motor por transportar bicicletas en la parte trasera a través del uso de racks.

 

La DIGESETT aclaró que lo que sí fiscalizaron fue a un conductor que en su vehículo privado llevaba en la parte trasera otro vehículo de motor (motocicleta) sostenida con un rack, en violación al artículo 189 de la Ley 63-17, sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

 

La institución especificó que el aditamento utilizado por el conductor para cargar en la parte trasera la referida motocicleta no figura en la matrícula del vehículo, lo que es una violación a la ley.

 

Especificó que el Numeral 2 del artículo 189 establece que queda prohibido “conducir un vehículo de motor o tirar de un remolque por las vías públicas en un uso distinto al autorizado por la matrícula, conforme esta ley y sus reglamentos”.

 

Asimismo, recordó que el Numeral 4 del artículo 189 también prohíbe “conducir un vehículo de motor o tirar de un remolque por las vías públicas sin exhibir las placas en la forma dispuesta por esta ley y sus reglamentos.

 

La DIGESETT exhortó a cualquier ciudadano que haya sido fiscalizado de manera irregular por un agente de la institución puede denunciarlo.