TRAJANO POTENTINI PTE. FJT. (2)La Fundación Justicia y Transparencia (FJT) calificó de absurdo y violatorio a la ley 340-06 sobre compra y contrataciones de bienes y servicios con el estado, el adjudicarle al Consorcio Compreica-Alba Sánchez la obra denominada Avenida Circunvalación de Santo Domingo, amparada en una licitación de hace once (11) años, la cual supone un coste total de casi 300 millones de dólares, unos (10,500),diez mil quinientos millones de pesos, comprendida en dos etapa, desde el Puerto de Haina, kilómetro 23 de la Autopista Duarte, continuando con la Carretera Mella hasta el distribuidor de Boca Chica.

 

El presidente de Justicia y Transparencia, Trajano Potentini, explicó que resulta matemáticamente imposible justificar una década después, una licitación concebida en un contexto económico de precios, tasa de cambio, mano de obra y otras variables muy diferentes a la actualidad, como si se tratara de nuevos presupuestos a tono con las condiciones presente.

 

La entidad de sociedad civil mostró preocupación por las frecuentes y seguidas violaciones a la ley 340-06 y de paso al  Tratado de Libre Comercio suscrito entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana, DR-CAFTA, con licitaciones que no observan los requisitos legales y los compromisos asumidos por el país para los temas referidos.

 

Potentini, puntualizó que se trata de un precedente negativo y peligroso, incluso para la propia seguridad jurídica del país, el abrir una caja de pandoras reconociendo como buena y valida una licitación de más de diez años, al margen de la ley y del llamado Código de Pautas Éticas, presentado por el Presidente Medina al inicio de su mandato, además de la violación a tratados y acuerdos internacionales firmados por el poder ejecutivo y ratificados por el congreso.

 

Finalmente la fundación hace un llamado a los países miembros del DR. CAFTA, a los fines de que exijan y promuevan las acciones necesarias para la revisión y revocación de los contratos suscritos e intervenidos en los últimos años, que no se corresponden con el voto y las disposiciones de la ley 340-06 sobre compra y contrataciones de bienes y servicios con el estado.