SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Fiscalía del Distrito Nacional archivó este martes el expediente del ex coronel Pedro Julio Goico Guerrero (Pepe Goico), a quien el Ministerio Público le tenía una investigación abierta para determinar si había cometido el delito de conspiración contra el presidente constitucional de Haití, Michel Martelly para derrocarlo.

En ese sentido, el caso fue archivado a través del oficio número 001326, de fecha 16 de abril del 2012.

Se recuerda que el ex procurador General de la República, el doctor Radhamés Jiménez Peña, había apoderado a la fiscal titular del Distrito Nacional, licenciada Yeni Berenice Reynoso, para que realizara una exhaustiva y profunda investigación, la cual se genera mediante una solicitud de cooperación jurídica internacional que realizó el Ministro de Justicia de Haití.

El dictamen de archivar el caso establece que: “Se procedió a realizar un análisis de la grabación con objetivo de determinar si la misma era constitutiva de un hecho, típico, antijurídico y culpable’’.

De conformidad a la investigación se pudo determinar que: mediante orden judicial número 0386ME-2012 de fecha 9 de marzo del 2012, dictada por el Juez de la Jurisdicción de Atención permanente, se autorizó interceptar el teléfono No. 809-805-0979; lo que evidencia que el Ministerio Público tenía orden judicial para interceptar la llamada en la que Pepe Goico habla con el nacional haitiano Pierre Kanzki.

En el transcurso de la investigación se llevaron a cabo rastreos telefónicos, análisis forenses de la grabación en referencia, interrogatorios, entre otras diligencias de investigación, para determinar si el ex coronel había cometido un hecho punible a la luz de lo que dispone la teoría del delito.

Fundamento de derecho

Si bien es cierto que la ley penal no sólo sanciona los actos que efectivamente lesionan el interés jurídicamente tutelado, no menos cierto es que los actos preparatorios han de tener características que sindiquen más allá de toda duda razonable que inequívocamente se cometería un delito, lo que no ocurrió en el caso de la especie.

El deseo expresado por el ex oficial Pepe Goico en la grabación está fuera de considerarse actos preparatorios.

Por igual aún se considerarán actos preparatorios, su lejanía, en términos fácticos, respecto al bien jurídico protegido, la gobernabilidad de Haití, lo colocan fueran del alcance de la norma penal.

Por lo que, el derecho penal castiga las acciones u omisiones que lesionan un bien tutelado, no castiga los deseos.

En la decisión, la fiscal cita al jurista costarricense, Francisco Castillo González quien establece que ¨hay tentativa de autoría mediata si se dan tres condiciones: Primero, que el autor mediato haya terminado su efecto sobre el instrumento; segundo, que haya a éste dominio del hecho y tercero, que su  acción, según su representación ponga en peligro el bien jurídico tutelado’. En el caso investigado no se realizaron por parte de Pedro Julio Goico Guerrero ningunas de las referidas acciones.

La fiscal Reynoso expresó que es deber constitucional de fallar los casos bajo su jurisdicción apegado a los principios de la ética y la objetividad y que la decisión de archivar  el proceso en referencia fue tomada en base a lo que dispone la normativa penal, y la doctrina nacional e internacional.