martha lloraLa audiencia de amparo interpuesta por la Defensa Pública en favor de la cantante Martha Heredia por maltratos en el Centro Correccional Rafey Mujeres, se conocerá el próximo lunes 25 de noviembre  en la Segunda Sala Penal  de Santiago.

La acción constitucional de Amparo en contra del recinto carcelario,  fue interpuesta por la defensora pública, Daisy Valerio Ulloa, el 20 de noviembre.

“Queremos manifestar nuestra más enérgica expresión de rechazo ante la actuación realizada en fecha 15 de noviembre por el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres en perjuicio de la interna Matha Rosely Heredia Rivas”, dijo.

Manifestó que tienen la firme convicción de que más temprano que tarde habrá de reconocerse que la agresión recibida por la ciudadana constituye un grave peligro para la concreción efectiva de la seguridad jurídica, baluarte inexorable para la construcción de un verdadero Estado Constitucional de Derecho y la vigencia misma de la democracia”.

Expresó que Heredia presenta heridas y moretones visibles en el área de los brazos y refiere dolor en el seno izquierdo, los mismos  a causa de que, “la Subdirectora María Soriano y dos VTPs más del Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, sometieran a la encartada a la obediencia, tal como se puede constatar en el acto número 1004-2013 de fecha 16/11/2013 instrumentado por el alguacil Marcos Joel Rodríguez.

Dijo que a través este acto de alguacil se comprueba las agresiones físicas de la interna, y que “con tal agresión, el Estado dominicano, a través del Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, vulneró los derechos a la dignidad personal y  la  integridad física de la encartada, ya que hubo un uso desproporcional de la fuerza reflejado no sólo en las agresiones físicas citadas, sino también psicológicas”.

Manifestó que es importante destacar, que el hecho por el cual fue sometida a la obediencia la interna no se enmarca como una falta disciplinaria conforme a los reglamentos del régimen penitenciario dominicano, pues el uso de lentes oscuros cuando un interno sale al exterior de un recinto carcelario,  no está prohibido de forma expresa en ningún reglamento interno. Por lo que, la actuación realizada por el centro se realizó de forma arbitraria.

“El uso excesivo y desproporcionado de la fuerza de parte del Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres radica en que existiendo otras vías menos lesivas para mantener el orden en el recinto carcelario se haya optado por transgredir los derechos fundamentales de la interna y se agrava aún más, ya que la citada subdirectora tenía conocimiento del estado psicológico y psiquiátrico que presenta la encartada”, dijo.

Explicó que la misma ha presenciado el marcado estado depresivo de la interna y las distintas crisis nerviosas que le han dado “y en vez de adoptar una medida alternativa que no lesionara los derechos fundamentales de la interna, aun así optaron por agredirla física y psicológicamente sin justificación alguna.