SANTO DOMINGO, RD.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), en cumplimiento de las disposiciones de la Ley General 200-04  de Libre Acceso a la Información Pública, su reglamento de aplicación y la resolución No. 309-01 del 14 de febrero del 2013, aperturó el proceso de consulta pública del Reglamento de Apelaciones del CNSS.

El documento establece los órganos y jurisdicciones competentes para la solución de conflictos en la aplicación de la Ley 87-01 y sus normas complementarias; así como los procedimientos y la facultad para determinar las infracciones e imponer las sanciones previstas en materia de seguridad social, informó el Gerente General del CNSS, Rafael Pérez Modesto.

“Dispone sobre los derechos de los interesados a interponer recurso de reconsideración ante el órgano o instancia correspondiente o en su defecto elevar recurso jerárquico ante el Consejo, por igual las decisiones del CNSS pueden ser recurridas por ante el Tribunal Superior Administrativo”, explicó.

Detalló que la presente normativa establece los plazos tanto para recurrir la decisión o acto que consideren las personas físicas o jurídicas afectadas. El borrador  del reglamento especifica los procedimientos a seguir para elevar recurso de reconsideración por ante la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), la Superintendencia de Pensiones (SIPEN),  la Tesorería de la Seguridad Social (TSS)y la Gerencia General del CNSS.

La Comisión de Reglamento del CNSS integrada por los sectores gubernamental, empleador, laboral, personas con discapacidad, profesionales y técnicos se encargará de recibir y revisar las observaciones y/o comentarios sometidos por los interesados, para posteriormente someter al consejo la versión final para aprobación definitiva del reglamento.

Informó que las opiniones, observaciones o propuestas deben ser presentadas por escrito o enviarla vía correo electrónico al e mail [email protected] o [email protected] de la  Oficina de Acceso a la Información Pública. La normativa se encuentra disponible en la portada de nuestra página web www.cnss.gob.do, para más detalles.