MINISTERIO DE EDUCACIONSANTO DOMINGO, RD.- Una comisión interinstitucional integrada por el Ministerio de Educación, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), la Contraloría General de la República y la Dirección de Presupuesto, trabaja en la creación de Registro Nacional de Contribuyente (RNC) para 1,500 centros educativos, a fin de que reciban recursos directos del presupuesto, sin depender de los distritos y las regionales correspondientes. Este dinero lo recibirán trimestralmente.

La información la ofreció David Lapaix, director de Programación Financiera y Estudios Económicos del Ministerio, durante la presentación del Boletín 10, sobre el monitoreo de la ejecución presupuestaria de Educación correspondiente al año pasado.

La ordenanza 02-2008, que establece el Reglamento de las Juntas Descentralizadas, emanada por el Consejo Nacional de Educación, concibe Juntas Regionales, Juntas Distritales y las Juntas de Centros y de Planteles, éstas últimas se harán cuando en una edificación funcione más de una escuela o liceo.

Para este 2014, como parte de la estrategia de descentralización, Educación apartó RD$5,000 millones para todas las Juntas, de los cuales según Lapaix, RD$1,200 millones son para las escolares. No obstante, el funcionario dijo que ha habido dificultad para cumplir la meta, porque hasta “hace poco sólo el 12 % de los 6,000 centros del país tenían Juntas” para administrar el dinero.

“Tenemos la meta de mil quinientas Juntas, porque los centros a los que pertenecen, representan cerca del sesenta y cinco por ciento de los estudiantes (del país)”, explicó el funcionario.

En tanto, Henry Mercedes, de la Oficina de Planificación del MINERD, dijo que cada centro educativo tendrá que elaborar su Plan Operativo Anual, sobre el cual se basará el presupuesto del Minerd para distribuir los fondos.

Sobre las Juntas

La ordenanza 02-2008, que establece el Reglamento de las Juntas Descentralizadas, emanada por el Consejo Nacional de Educación, concibe Juntas Regionales, Juntas Distritales y las Juntas de Centros y de Planteles, cuando en una edificación funcionen más de una escuela o liceo.

Este reglamento define a las Juntas de Centro “como organismos descentralizados de gestión y participación, encargado de crear los nexos entre la comunidad, el centro educativo y sus actores, con el objetivo de que éste desarrolle con éxito sus funciones”.

Entre sus funciones están la aplicación de los planes de desarrollo del centro educativo, el fortalecimiento de las relaciones entre escuela y comunidad y el apoyo recíproco de una a otra, así como velar por la calidad de la educación y la equidad en la prestación de servicios educativos, supervisar la buena marcha de los asuntos de interés educativo, económico y de orden general del centro, incluyendo la planta física y los programas de nutrición, y por supuesto, administrar los presupuestos que les sean asignados desde el Ministerio.

La Junta de Centro estará integrada por el director, un docente, un miembro de la Asociación de Padres, Madres, Tutores y Amigos de la Escuela; un miembro de las organizaciones comunitarias, y un representante de los estudiantes.