SANTO DOMINGO,RD.-Las prestadoras de servicios de agua, luz, teléfonos, telecable y el sistema financieros fueron advertidas por el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor, Pro Consumidor, de que el plazo para el registro de los contratos de adhesión vence el martes 25 de este mes.

La advertencia fue hecha a apropósito de que el plazo de los 120 días hábiles que les concedió Pro Consumidor se vence la próxima semana y las entidades prestadoras de servicios y financieras que a la fecha no hayan registrado los contratos de adhesión serán sancionadas.

El consultor jurídico de  Pro Consumidor, licenciado Félix Pujols Jerez dijo  que  las disposiciones de la Ley No. 358-05 son de orden público, imperativas y de interés social.

“Advertimos, que el incumplimiento de las normas relativas a documentación, información, libros o registros, de los requisitos estipulados en la presente ley en materia del contenido de los contratos de adhesión, así como  la dilaciónnegativa o resistencia a atender a los requerimientos efectuados por las autoridades competentes en materia de defensa al consumidor”, violan el artículo 105 literal  e) en sus numerales del  5 y 7 y en el literal  f) numeral 2, las cuales son consideradas infracciones muy graves, atendiendo a los criterios de cuantía del beneficio obtenido, grado de intencionalidad, gravedad de la alteración social producida y generalización de la infracción”, precisa en la comunicación enviada a las instituciones que a la fecha no han registrados los contratos.

El jurídico precisa en la comunicación que “nuestro rol es establecer un régimen de defensa de los derechos del consumidor que garantice la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores de bienes y servicios y los consumidores o usuarios de los esos servicios”.

La entidad defensora de los derechos económicos de la población advierte que el incumplimiento de registrar los contratos la ley “nos obliga a usar las vías judiciales correspondientes para su cumplimiento”.

Pro Consumidor informó que todas las empresas aseguradoras iniciaron el proceso de registrar los contratos.

Expresó preocupación por el interés y la insistencia de la Superintendencia de Bancos en oponerse a que las Asociaciones de Bancos Comerciales no registren los contratos de adhesión en Pro Consumidor, como lo disponen

La resolución 05-2010 y el artículo 81 de la Ley 358-05 obligan a las empresas prestadoras de servicios y financieras a registrar los contratos de adhesión antes de que sean firmados por los usuarios, para garantizar que no se cometen abusos en sus perjuicios.

Mediante una nota de prensa del Departamento de Comunicaciones de Pro Consumidor, la directora ejecutiva de Pro Consumidor, licenciada Altagracia Paulino, advirtió que las entidades de servicios (cable, teléfono, electricidad, agua potable, entre otras) y las financieras aún están dentro del plazo de 120 días hábiles que se les otorgó mediante la Resolución 05-2010.

Advirtió que las entidades que no cumplan se verán en los tribunales para que demuestren si actúan o no con transparencia.

De acuerdo a la Resolución 05-2010 y el artículo 81 de la Ley 358-05, las entidades financieras y de servicios tienen de plazo hasta el 22 de enero de 2011 para que registren los contratos de adhesión en Pro Consumidor.

De acuerdo al artículo 81 de la Ley 358-05 de la Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor, “se entiende por contrato de adhesión el redactado previa y unilateralmente por un proveedor de bienes o servicios, sin que el consumidor o usuario se encuentre en condiciones de variar sustancialmente sus términos ni evitar su suscripción si deseare adquirir el producto u obtener el servicio”.

“En todo momento los consumidores o usuarios, por sí o a través de las asociaciones de consumidores podrán solicitar que se haga efectiva la revisión de los contratos de adhesión o en formularios que sean posteriores al inicio de las operaciones de Pro Consumidor, en especial en todo lo relativo a las cláusulas que limiten o atenúen responsabilidades”, indica el párrafo III, del artículo 81 de la Ley 358-05.

Informó que son muchas las instituciones de servicios que han iniciado el proceso de registro de los contratos de adhesión para colocarse a tono con las disposiciones de la ley.