SANTO DOMINGO, RD.- El Instituto Nacional de Protección a los derechos del Consumidor-PROCONSUMIDOR- advirtió que ningún organismo del Estado que tenga la función de regulador está obligado a registrar los contratos de adhesión de  sus regulados ante esta institución.

Las obligaciones de registro de los contratos de adhesión es de todas las empresas que hagan uso de este tipo de contratos a la luz de lo que plantea el párrafo I del Artículo 81 de la Ley 358-05 de Protección al Consumidor y Usuario:

“Los contratos de adhesión o los formularios, vigentes o no a la entrada en vigor de la presente ley, deberán ser remitidos a la Dirección Ejecutiva de PROCONSUMIDOR, la que creara un sistema de registro para tales fines, sin perjuicio del registro que deberán llevar a cabo ciertos proveedores ante las autoridades administrativas correspondientes en virtud de leyes especiales. Esta disposición se aplica a todo tipo de contrato incluyendo los de materia financiera”.

Pro Consumidor planteó que es obligación para todos los proveedores públicos y privados  registrar sus contratos de adhesión, entre los cuales están entidades de servicios de luz, agua, teléfono, cable,   financieras y de  otro tipo

“Hemos planteado e insistido hasta la saciedad que la Ley 358-05 que protege al consumidor y usuario es clara y no admite interpretación cuando en artículo 81  expresa sin lugar a equívoco que los contratos de adhesión deben registrarse en Pro Consumidor”, dijo Paulino, directora ejecutiva.

En tal sentido, dijo que la Ley no admite dudas sobre la obligación de que se registren en Pro Consumidor, antes de que sean firmados por los usuarios, de modo que se eviten las tradicionales cláusulas abusivas en perjuicio de usuarios que “pegan el grito al cielo cuando ven la realidad al involucrarse en negociaciones que desconocían”.

Recordó que quien no registre los contratos corre el riesgo de que los mismos sean invalidados en los tribunales, porque las disposiciones de la ley del consumidor y usuario son: “De orden publico, imperativas y de interés social”.