El empresario mocano Ramón Reynoso Pichardo, se querello ante el tribunal disciplinario del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (Codia), contra el Agrimensor de Santiago Segundo Antonio Brito Marte, por el hecho de este haberle deslindado de manera fraudulenta su residencia en la comunidad de la playa la Ensenada, a sus espaldas, sin su propietario y ocupante saberlo en contubernio con una mafia que operaba a lo interno de la Dirección Nacional de Mensuras Catastrales, en la cual fueron cancelados 19 empleados y varias registradoras de títulos y sometidos a la justicia ante el Departamento de Persecución de la Corrupción Administrativa pendiente de procesar los sometimientos por los actos comprobados por el consejo del poder judicial y la Procuraduría General de la Republica.
El agrimensor Segundo Antonio Brito Marte, está acusado de formar parte de un entramado delincuencial junto a varios abogados para despojar al estado de más de 5 kilómetros de playas y varias casas, violentando los reglamentos de mensuras y la ley de registro inmobiliario y el código de ética del codia , al utilizar su colegiatura para darle apariencias de legalidad a actos fraudulentos y para sustraer viviendas y otras propiedades prestando su colegiatura y firmando actuaciones de las cuales nunca realizo y que afectan el honor, la dignidad, el respeto, la honestidad, la capacidad, la honradez y demás tributos que deben servir de base al ejercicio de la profesión de agrimensura, que son contrarios a la ética e incompatibles con el ejercicio digno y que atentan contra la reputación y los legítimos derechos de los profesionales de la agrimensura ya que con sus acciones delictivas y anti éticas socavan y desmeritan el prestigio ganado por los agrimensores y por el Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores y Profesiones Afines.
Al mismo se le acusa disciplinariamente de haber violado los artículos 1, 2, 7, 9, 10, 11, 13, 15 y 18 del Código de Ética del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, (codia); Violación del Artículo 21, de la ley 6200, que crea el Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, (codia); Violación al Reglamento General de Mensuras Catastrales, establecido mediante Resolución No.2454-2018, en fecha 19-07-2018, por parte del pleno de la Suprema Corte de Justicia, para ser aplicado a todas las actuaciones de los Agrimensores al momento de realizar un deslinde y cuyas violaciones están establecidas en los Artículos;-Artículo 23, párrafo II, -Artículo 42-Artículo 46, párrafos; 2 y 3, -Artículo 70, párrafos; I, II y IV, Artículo 76 y su párrafo, Artículo 77 párrafos I, II, V y VII, Artículo 79 párrafos I y IV, Artículo 80; -Artículo82; ,Artículo 83; -Artículo 84, Artículo 86 párrafo I, acápites 3 y 4, Artículo 88, Artículo 90. Párrafo I, Artículo 97, Párrafo I, Artículo 98, Artículo 99, Artículo 100, Párrafo I, Artículo 101, Artículo 103, Párrafo V, Artículo 105, Párrafo I, II, IV, acápites 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 y los párrafos V y VI, Artículo 111, Párrafo III Artículo 112, Párrafo I y V, Artículo 113 -Artículo 115 -Artículo 122, Artículo 128, Párrafo I, acápites 4, 6, 7, 8, 9, 10 y 14, Artículo 123, Violación de los Artículos 68, 69, acápite 10 y Articulo 73, de la Constitución de la Republica, referentes a la tutela judicial efectiva, al respecto al debido proceso de ley y a la garantía de los derechos fundamentales, que fueron violentados con intención delictiva, marcada y planeada para robarse la casa del querellante utilizando una sociedad de carpeta llamada FRANASYL,S.R.L, para darle apariencias de legalidad a sus actuaciones delictivas, Violación de los Principios # II y X; Artículos 68, 69 y 130, de la ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario, Violación de los Artículos 146, 147, 150 y 151, del Código Penal, que se refieren a la falsedad y uso de documentos falsos.
El señor Ramón Reynoso Pichardo, alega que desde hace unos 23 años, desde la limpieza del solar, compro y edifico y residía en una vivienda familiar en la playa la Ensenada de tres niveles y con cuatro mejoras anexas y cercanas y que forman parte de su vivienda, amparado en un certificado de título provisional que le había sido entregado por el Instituto Agrario Dominicano y adicionalmente en varias compras de ocupaciones que había hecho a otros beneficiarios, terrenos que ocupo de manera constante, notoria, pacífica y publica por toda la comunidad.
Y que a principios del mes de Enero del año 2020, sin haber sido citado por ningún tribunal de Jurisdicción Original, se entera por medio de una llamada telefónica que su casa fue “deslindada” a por el Agrimensor Segundo Antonio Brito Marte y sus hijos sin el haberlos autorizado, ni haber participado, ni citado ni nada que le hiciera esa actuación delictiva de su conocimiento y que a partir de esa llamada el nuevo dueño de su casa es la empresa Franasyl, S.R…L. y que si quería le podían vender “los derechos” o seria desalojado, noticia esta que lo dejo perplejo y prácticamente no salía del asombro, mientras cuestionaba como se pueden deslindar su casa sin que él lo sepa y sin haberle dado ninguna autorización a ningún agrimensor para que deslinde su casa, a lo que le contestaron que si no llegaba a un acuerdo rápido le depositarían una querella por violación de propiedad y solicitarían la fuerza pública para desalojarlo y que no iba a poder hacer nada y si quería le podían reconocer un 15 por ciento de sus propiedades, previo a la venta de los derechos del título para poder quedarse en su vivienda, pero tenía que entregar los demás terrenos.
La victima de esta acción disciplinaria a partir de ahí empezó a atravesar por un clavario de amenazas y presiones a sus 76 años de edad, o le compraba de nuevo su casa a los nuevos “dueños”, o iba a caer preso o lo desalojarían o ambas a la vez, por lo que rápidamente fue desalojado y al día de hoy está fuera de su casa, producto de un fraude por parte del agrimensor Segundo Antonio Brito Marte y una mafia a la que él pertenece y que se están robando otras propiedades en la zona.
Dentro de las falsedades, según relata que el Agrimensor, Segundo Antonio Brito Marte y sus hijos, establecieron, están el que la vivienda del querellante es de dos niveles, cuando en la realidad es de tres niveles, establecieron falsamente que la misma está construida de blocks y maderas, cuando la misma es de blocks y concreto armado y no posee madera, tampoco describieron las cuatro mejoras que rodean la vivienda, no describieron los caminos internos y no citaron a ninguno de los colindantes, mejoras estas que si ellos hubiesen realmente visitado la propiedad no podían obviarlas, porque una de ellas es una capilla, donde se realizan misas y actividades eclesiásticas y con estas maniobras fue despojado de su casa de manera fraudulenta tal y como le ha pasado a varias personas en la zona.
La zona de Punta Rucia y la playa la Ensenada, si las autoridades judiciales no intervienen a tiempo sus aguas cristalinas podrían verse teñidas de sangre por los abusos, ilegalidades y arbitrariedades que allí ocurren según denuncio el diputado de Puerto Plata Ramón Alberto Dorrejo Calvo alias Mommy