Los jueces del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional dictaron sentencia de 20 años de prisión contra un hombre, tras acoger la acusación que la Fiscalía presentó en su contra, por cometer incesto en perjuicio de su nieta de 11 años de edad.
El expediente detalla que el delito ocurrió en tres ocasiones durante el año escolar 2015-2016, en el sector Cristo Rey, donde se localiza la residencia de los abuelos paternos de la víctima, lugar al que la niña acudía con frecuencia puesto que mantenía una estrecha relación con sus abuelos y siempre estuvo cerca de ellos desde su nacimiento.
El agresor, cuyo nombre se omite para proteger la identidad de la menor de edad, aprovechaba los momentos que se quedaba solo en la casa con su nieta, la llevaba a su habitación, ponía películas pornográficas, luego procedía a quitarle la ropa a la niña y violarla, conforme expusieron ante el tribunal las procuradoras fiscales litigantes María Silvestre y Rosa Alba García.
“El acusado manipulaba a su nieta para que no contara lo sucedido, diciéndole que si ella hablaba iba a ocurrir un problema en la familia y que su abuela podía morirse del corazón, esto en virtud de que la víctima sabe que su abuela padece problemas cardíacos” manifestó la procuradora fiscal investigadora Yumilka Brea.
La evaluación psicológica que el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) realizó a la víctima arrojó que a causa de estos hechos la menor de edad presenta sintomatología relacionada al cuadro de ansiedad y depresión, manifestándose con aislamiento, no socializa con sus compañeras de colegio, temor, tristeza, llora con facilidad, ojos llorosos y teme lo que pueda suceder con su familia.
Los jueces Teófilo Andújar, Claribel Nivar y Deiby Peguero ordenaron que el acusado cumpla la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres.
La conducta del acusado fue calificada por el Ministerio Público como incesto, delito previsto y sancionado el artículo 332-1 del Código Penal Dominicano y el artículo 396 literales B y C de la Ley 136-03.