tcSANTO DOMINGO, RD.- El Tribunal Constitucional (TC) declaró que el control interno de la actuación administrativa y financiera constituye una competencia accesoria de la Junta Central Electoral (JCE), la cual forma parte indisoluble de la autonomía e independencia que le otorga el artículo 212 de la Constitución.

La alta corte afirmó que la Dirección General de Compras y Contrataciones Públicas (DGCP), dependencia del Ministerio de Hacienda, carece de competencia para conocer un recurso jerárquico en contra de las actuaciones de la JCE.

La sentencia, que contiene votos particulares, admite una acción de conflicto de competencia interpuesta por el presidente de la JCE, Roberto Rosario Márquez, contra el Poder Ejecutivo, que actúa través de la DGCP.

El conflicto se generó por una solicitud que realizara la DGCP a la JCE, de remitir su escrito de defensa, así como el expediente administrativo de la licitación pública internacional JCE-CEL-LPI-2001, con la finalidad de conocer un recurso jerárquico incoado por la empresa Global ID Solutions (Caleum Dominicana, S.R.L.) contra la adjudicación del contrato de la licitación de referencia. Esta última concierne a la adquisición de equipos y materiales para la impresión de la nueva cédula de identidad y electoral.

El conflicto de competencia se manifiesta en la diferencia conceptual de criterio entre un órgano constitucional autónomo y uno de la Administración Central, al presumirse ambos competentes para ejercer el control administrativo de los actos del otro.

El fallo fue rendido ayer, y será dado a conocer publicado próximamente en el portal del TC. El diferendo se originó el 29 de abril pasado. Los abogados Flavio Darío Espinal, Alejandro Peña Núñez y Alexis Dicló, actuando en representación del presidente de la JCE, solicitaron declarar la nulidad de cualquier acto administrativo dictado por la DGCP que transgreda el ámbito competencial de la Junta.