En la carta dirigida al Congreso Nacional, el jefe de Estado, que ya había observado la norma en su versión de 2014, insistió en advertir una amenaza a la dignidad, la integridad y la vida misma de las mujeres.
En un texto de cinco páginas, Medina no solo satisfizo la demanda de observar la pieza, sino que propuso a los legisladores un articulado que incluye las excepciones de sación al aborto en las causales ya planteadas.
“La interrupción del embarazo practicado por personal médico especializado en establecimiento de salud, públicos o privados, no es punible si se agotan todos los medios científicos y técnicos disponibles para salvar las dos vidas, hasta donde sea posible. Igualmente no constituye un hecho punible la interrupción del embarazo en los siguientes casos”, diría el artículo 110, que tendría a continuación el detalle: “cuando el embarazo sea el resultado de una violación, rapto, estupro o incesto, siempre que se practique en las primeras doce semanas de gestación” y “cuando… la vida del concebido se considere inviable”.
Con la introducción de esta enmienda, el proyecto del Código Penal inicia otra ronda en el curso cíclico que ha descrito, con base en la discusión de penalizar el aborto, de manera total o con excepciones.
En su misiva a Reinaldo Pared Pérez, presidente del Senado, que fue la última cámara que vio la propuesta, Medina expuso que respeta y comparte el contenido del artículo 37 de la Constitución, sobre preservar la vida desde la concepción hasta la muerte.
“Ahora bien, como presidente de la República, no puedo dejar de plantearme qué hacer ante situaciones extremas que afectan seriamente la dignidad, la integridad y la propia vida de la mujer cuando se trata de circunstancias excepcionales que requieren un tratamiento diferente”, dijo Medina, quien también aludió a los artículos 5, 38 y 42 de la Carta Magna. metro