NANPHY RODRIGUEZSANTO DOMINGO, RD.– El abogado Namphi Rodríguez advirtió que si se convoca a una reforma a la Constitución sin una ley orgánica aprobada con mayoría calificada por el Congreso se estaría viciando de forma y de fondo el procedimiento, lo cual daría origen a un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC).

Rodríguez, presidente de la Fundación Prensa y Derecho y catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Católica Santo Domingo, dijo que el texto constitucional es muy claro cuando expresa en el artículo 112 que para aprobar las leyes orgánicas se requiere del voto favorable de las dos terceras partes de los miembros del Congreso.

Puntualizó que los jueces del TC se verán precisados a considerar que una “ley de convocatoria constitucional simple” es contraria al procedimiento de rango constitucional que se exigepara modificar la Carta Magna.

“Si por conveniencias políticas se tratara de desconocer el carácter orgánico de la ley de convocatoria a la reforma, nosotros, la sociedad civil, llevaríamos el asunto al Tribunal Constitucional, para que purgue el procedimiento y se declare la inconstitucionalidad del proceso de reforma”, advirtió.

Puntualizó que reformar la Constitución no es un procedimiento ordinario del legislador, sino extraordinario que está “blindado” por límites y garantías que aseguran la legitimidad de las enmiendas.

“La ley que declara la necesidad de la reforma está limitada por la propia Constitución, de forma que ni puede ser una ley  ilimitada en cuanto a las materias que se reformarán, ni puede ser una ley ordinaria aprobada por simples mayorías”, adujo.

Puntualizó que si eso pasara el principio de supremacía constitucional del artículo 6 de la Carta Sustantiva sería echado por la borda y se impondría una “lógica de sorteo o lotería procedimental que se acomode a las conveniencias de quienes detentan el poder de turno”.

Rodríguez agregó que el procedimiento para modificar la Constitución está salvaguardado por las “cláusulas pétreas” de los artículos 267,268 y 269, que imponen unos límites implícitos y explícitos al procedimiento de reforma y que si se inobservan invalidarían la reforma.

Dijo confiar en que el presidente Danilo Medina actuará como un garante de la vigencia de la Constitución y que no propiciará que el poder político desconozca el principio de Estado Social y de Derecho consignado en el artículo 7 del texto sustantivo.

“En materia constitucional existe lo que se llama el precedente, lo que hacemos hoy será la regla del mañana y sólo nos quedará decir que los lodos del futuro lo han traído estos polvos por las posiciones comodaticias de muchos togados y políticos que hoy pretenden confundir la opinión pública”, deploró.